• Qué es la RCxB

        • La Red de Ciudades por la Bicicleta es una asociación compuesta por entidades locales que tiene por objeto la generación de una dinámica entre las ciudades españolas con el fin de facilitar, hacer más segura y desarrollar la circulación de los ciclistas, especialmente en el medio urbano.

        • Nuestros Objetivos

        • Convertir la bicicleta en un modo de transporte prioritario en ciudades 100% ciclables, es decir, que se pueda llegar en bicicleta a cualquier parte de la ciudad en mejores condiciones que en las que se puede llegar en coche o en motocicleta, o como mínimo en las mismas.

        • Pilares estratégicos

          • Promover el compromiso institucional a favor de la bicicleta
          • Orientar la planificación técnica y estratégica
          • Difundir el trabajo de la RCxB, inspirar la acción y reconocer el esfuerzo
          • Difundir de forma constructiva el uso de la bicicleta
          • Promover el uso de la bicicleta desde el ámbito educativo
          • Incentivar el uso de la bicicleta en el acceso al trabajo
          • Promover la distribución de mercancías en bicicleta
          • Facilitar la intermodalidad entre bicicleta y transporte público
          • Promover el cicloturismo como motor económico local

Recomendaciones para coordinar las ordenanzas municipales sobre la bicicleta

 

1 ANTECEDENTES Y OBJETIVO

1.1 Antecedentes

En los últimos años se viene observando un uso creciente de la bicicleta en los ámbitos urbanos y metropolitanos. No se trata de un fenómeno aislado, sino que en muchos municipios de toda
Europa existe este aumento con independencia del tamaño del municipio y de otras características físicas y sociales. Por este motivo, la normativa local existente se debe adaptar
para reflejar la presencia de la bicicleta en las calles, y de esta forma se puedan reconocer sus derechos a la vez que protegerla, coordinando las normas de convivencia vial de los diferentes
usuarios.

Algunas modificaciones de la normativa estatal en relación a la bicicleta ya se han visto concretadas con la publicación de la Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto
articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobada por el Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo. Previamente, la Ley 19/2001, de 19 de
diciembre, ya había modificado este Real Decreto Legislativo.

Actualmente se está a la espera de que se publiquen las modificaciones (consecuencia de la aprovación de la Ley 6/2014) del Reglamento General de Circulación, de las que ya existen
borradores que se han tenido en cuenta para la redacción de este documento.

Según la normativa vigente, la regulación de la movilidad urbana es de competencia municipal. La normativa de rango superior (a nivel estatal, antes nombrada) concreta unas directrices básicas
para la movilidad ciclista, que resultan insuficientes para garantizar el comportamiento seguro del ciclista local. Los ayuntamientos afrontan un doble reto: tienen que redactar sus normativas de
ámbito local respetando las limitaciones de la jerarquía normativa (no pueden contradecir normas de rango superior) a la vez que intentar gestionar un vehículo de transporte urbano de presencia
creciente en sus calles, con unas características específicas y diferenciadas del resto.

 

1.2 Las ordenanzas municipales sobre la bicicleta actuales

Este documento parte de un análisis previo de la normativa sobre la bicicleta existente en los 36 municipios que conforman el área metropolitana de Barcelona.

En general, algunos de los contenidos que tratan las ordenanzas municipales (OO.MM.) sobre la bicicleta analizadas son recordatorios de la normativa de rango superior; únicamente en algunos
casos se trata de ampliar la regulación para cubrir supuestos comunes detectados en los municipios. Mientras que algunas OO.MM. son extensas y detalladas, y se basan en otras
ordenanzas o en supuestos contrastados, otras normas actuales presentan disfunciones que pueden suponer barreras para el uso de la bicicleta.

Algunas disfunciones detectadas en las OO.MM. actuales se concretan a continuación:

  • Se incluyen contenidos ya derogados en la normativa estatal después de las sucesivas modificaciones existentes (por ejemplo, la prohibición de circular en paralelo)
  • Incurren en contradicciones con la normativa de rango superior (como por ejemplo, permitir circular por la acera)
  • Exponen a los ciclistas a más riesgos, probablemente por desconocimiento de las implicaciones de las regulaciones que plantean (por ejemplo, la obligatoriedad de circular por la parte del
    carril más cercana a la acera o la de no poder circular fuera del espacio de la vía ciclista)

Las ordenanzas actuales se rebelan como un conjunto de normas heterogéneas para unos espacios urbanos que a menudo son continuos: se puede dar la situación que una norma
municipal obligue a circular por la parte derecha del carril mientras que en el municipio vecino (quizás la continuación de una misma vía) se permita utilizar la parte central. La situación se
complica si pensamos que un mismo comportamiento puede ser considerado correcto o bien puede provocar sanciones si se realiza a tan sólo unos pocos metros de distancia, dependiendo
del municipio. Y puede resultar grave si pensamos en accidentes de tráfico en los que se le puede atribuir la responsabilidad al ciclista a causa de la normativa local, como en el caso que exista la
obligación de circular por el carril bici (a un ciclista que tenga un accidente fuera de esta vía ciclista se le hará responsable injustamente, ya que la bicicleta debería de tener acceso a
cualquier calzada urbana, como vehículo de transporte que es). La situación es, pues, digna de ser revisada y mejorada en la medida que sea posible.

 

1.3 Objetivo de estas recomendaciones

Los Ayuntamientos generan ordenanzas municipales (OO.MM) para la regulación de la movilidad urbana (que acostumbran a denominar ordenanzas de circulación, de tráfico, de movilidad o, másconcretamente: de los peatones, de las bicicletas, de las zonas peatonales, de las zonas 30…). El documento que se presenta tiene como objetivo guiar a los municipios en la redacción de sus
OO.MM sobre la bicicleta.

Partiendo de un análisis de la normativa existente, de las posibilidades que ofrece la regulación estatal, del estudio de la información de otras experiencias y del conocimiento acumulado de las
situaciones y de los aspectos a tratar, estas recomendaciones proponen redactados de la normativa local con la voluntad de que sean útiles como punto de partida para el proceso de
modificación y/o elaboración de las correspondientes OO.MM sobre la movilidad ciclista.

La voluntad de este documento es contribuir a homogeneizar y actualizar las ordenanzas sobre la bicicleta, haciendo más segura y agradable la movilidad en bicicleta en nuestras ciudades.

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